jueves, 10 de octubre de 2019

MUNICIPALES


Se aprobó la Emergencia Económica y Financiera de la Municipalidad de Paraná



Fecha: 11/10/2019   06:19  |  Cantidad de Lecturas: 1530

– En la sesión que el Honorable Concejo Deliberante de celebró este jueves, se aprobó sobre tablas y por mayoría el proyecto de ordenanza, ingresado “in voce” por la concejala Karina Llanes (presidenta del bloque Cambiemos), que declara “el Estado de Emergencia Administrativa, Económica y Financiera de la Municipalidad de Paraná


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Al momento de la votación se encontraban presentes en el recinto once concejales, de los cuales ocho votaron a favor del proyecto: Karina Llanes, María Marta Zuiani, Claudia Acevedo, Carlos González (Cambiemos); Elsa Salazar, Santiago Gaitán (Paraná de Pie); Silvina Fadel y Luis Díaz (Frente Renovador).
Mientras que tres ediles no acompañaron la iniciativa, ellos fueron: Sergio David Cáceres, Enrique Ríos y Sebastián Bértoli (“Frente para la Victoria”).
En el texto normativo aprobado, se explica que la medida tiene el “objeto de ordenar el funcionamiento operativo, alcanzar el equilibrio fiscal, optimizar la distribución de ingresos y reestructurar el cronograma del cumplimiento de obligaciones con los proveedores y contratistas”.
“En virtud de ello el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), a través de las Secretarías competentes establecerá el programa de cumplimiento de las obligaciones y otras medidas conducentes a lograr el objetivo establecido”, agrega.
En la ordenanza también se aclara que la declaración de Emergencia se extiende desde la promulgación de la misma hasta el 9 de diciembre de 2019, “pudiendo ser prorrogada por igual plazo por el Departamento Ejecutivo Municipal”.
La norma dispone la desafectación de las partidas presupuestarias asignadas al Ente Mixto de Turismo de la Ciudad de Paraná (EMPATUR), y Presupuesto Participativo, en la ordenanza del Presupuesto General de la Administración Municipal del año 2019.
En virtud de ello se faculta al DEM para establecer el nuevo destino presupuestario de la desafectación dispuesta.
Por último, en el artículo 4º se habilita “al DEM para que los fondos de la operatoria establecida en dicha ordenanza puedan aplicarse también para atender a las reparaciones de la flota vehicular y de maquinarias del Estado Municipal, a fin de garantizar la prestación de los servicios esenciales”. (APFDigital)

 



Fuente:  Paraná, 10 oct (APFDigital)









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