martes, 10 de septiembre de 2019

PROVINCIALES


Destacan la solvencia del proyecto de ley sobre juicio por jurados



Fecha: 10/09/2019   17:08  |  Cantidad de Lecturas: 710

– Andrés Harfuch, director del Centro de Juicio por Jurados y Participación Ciudadana, afirmó en declaraciones a APFDigital que el proyecto de ley que establece en Entre Ríos el sistema de juicio por jurados para juzgar los delitos más graves recoge las experiencias anteriores de otros distritos y se constituye en una “síntesis perfecta” • Asimismo, aseguró que muchas de las objeciones que se presentan sobre el articulado ya fueron zanjadas por un fallo reciente de la Corte


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En su opinión, el de Entre Ríos “debe ser el mejor proyecto de ley de jurados del país. La razón es que hemos aprendido de la práctica concreta del jurado en la Argentina: de las leyes de Neuquén, Buenos Aires, Chaco, Mendoza y Río Negro”. De estas experiencias previas se tomaron “cosas que había que mejorar y otras que no había que poner” por lo que entendió que la iniciativa entrerriana “es casi una síntesis perfecta de lo mejor que existe en las leyes argentinas en materia de jurado”.
Además, mencionó que el proceso de juzgamiento penal mediante el jurado popular “encaja perfecto” con el sistema penal acusatorio vigente en la Provincia.
Con respecto a los reparos que puso el Defensor General de la provincia, Maximiliano Benítez, al proyecto en debate en la Legislatura, expresó que todas esas objeciones ya fueron resueltas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso testigo “Canales”, del 2 de mayo de este año.
En este sentido, acotó que el alcance que tendrá este procedimiento será “muy acotada”, ya que están fuera, según entendió, los robos con armas, por ejemplo. Asimismo, negó que todas las tentativas de cometer un ilícito tengan que ser llevados ante el jurado.
Harfuch, graduado en la UBA, es además Defensor General de San Martín, provincia de Buenos Aires, y Vicepresidente de la Asociación Argentina de Juicio por Jurados.
“Como sucede en todo el país, solo irán (a juicio por jurado) los delitos muy graves: los homicidios dolosos, los sexuales graves y algún otro, cuya pena en abstracto, sea mayor a los 20 años, aún en grado de tentativa”, explicó. Esto implica que si una persona es acusada de femicidio en grado de tentativa, es decir que se intentó cometer pero no se consumó, también será pasible de ser llevado ante el jurado.
Sin embargo, reconoció que si en caso de varias acusaciones por delitos cometidos en concurso real (es decir cuando una persona comete varios ilícitos cuyas penas pueden unificarse) pueden sumar una pena en abstracto mayor a 20 años, la obligatoriedad que establece la iniciativa que debaten los legisladores provinciales llevaría a que se tenga que conformar un jurado para juzgarlo. El caso que citó fueron tres o más hechos de robo con arma de fuego.
En referencia a esto, recordó que estas causas terminan en resoluciones por medios alternativos (como el juicio abreviado, donde acusación y defensa pactan una pena que los Tribunales deben convalidar) y que “raramente van a juicio”. “Esto mismo está en las leyes de Mendoza y Buenos Aires, y no ha ocurrido” una multiplicación de juicios por jurados, expresó en diálogo con esta Agencia.
Otro de los puntos donde había puesto el alerta Benítez fue en la obligatoriedad que existe de convocar al jurado en estos casos, dado que el veredicto del jurado (que define solamente si la persona acusada es culpable o inocente sin esgrimir motivos) deja a las defensas sin las motivaciones de la condena para cuestionarla en apelaciones a instancias superiores. Por eso, entendía que requerir la conformación del jurado era un derecho del acusado, y no podía ser obligatorio por ley.
Al respecto, mencionó que lo que las defensas recurren en caso de apelaciones son las sentencias que dicta el juez (que impone la pena en caso de que el jurado haya definido culpabilidad), las instrucciones que dio el magistrado a los jurados y la calificación del delito  que hace la Fiscalía.
“En ‘Canales’ la Corte ha reafirmado la constitucionalidad absoluta de la obligatoriedad del juicio por jurado y de que el veredicto sea inmotivado. Así que esta cuestión está perimida. El máximo tribunal entendió que el juicio por jurado es un derecho del acusado y de la ciudadanía a juzgar los delitos graves”, puntualizó. (APFDigital)

 



Fuente:  Paraná, 10 sep (APFDigital)









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