sábado, 23 de marzo de 2019

PRIMERA PLANA


PASO: Salió el decreto que formaliza el financiamiento a los partidos



Fecha: 23/03/2019   07:01  |  Cantidad de Lecturas: 1554

- A través del decreto Nº 404, el Gobierno provincial dispuso otorgar aportes no reintegrables a los partidos políticos que participen en los comicios del 14 de abril próximo, a fin de que solventen las impresión de boletas • La contribución será otorgado a las fuerzas que lo soliciten, pudo saber APFDigital Recibirán un mayor aporte “aquellas fuerzas políticas que presenten candidatos en todas las categorías de cargo que se disputan y en todo el circuito electoral de la Provincia, reduciéndose el mismo proporcionalmente, respecto de aquellas otras fuerzas vecinales o municipales o que solo disputan los comicios en alguno o algunos circuitos electorales”


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Además el aporte se hará “conforme lo solicitado por las distintas fuerzas políticas y de acuerdo al monto presupuestado, a valores de mercado informado por el Director de la Imprenta y Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos, y hasta un padrón electoral”.

 

• Qué dice el decreto
El decreto Nº 404 del Ministerio de Gobierno tiene fecha del 20 de marzo y fue publicada en el Boletín Oficial del 21 de este mes.
En el artículo 1º dispone: “Otórgase un aporte no reintegrable a los partidos políticos que participen en el comicio electoral del día el día 14 de abril de 2019 para la realización de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), con el objeto de solventar los gastos que deben afrontar los mismos para la impresión de boletas, con el cargo de rendir cuentas ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia”.
Establece que el monto de estos aportes “se realizará proporcionalmente a las categorías de cargos y circuitos electorales, donde compitan electoralmente las fuerzas políticas que hayan oficializado sus candidatos por ante el Tribunal Electoral de la Provincia, hasta un padrón electoral”.
Además faculta al Ministerio de Gobierno y Justicia “a dictar los actos administrativos que resulten necesarios a fin de hacer efectivos los pagos establecidos en el artículo 1° del presente conforme a las solicitudes de los partidos políticos que lo hayan solicitado”. Y a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, “a realizar todas las adecuaciones presupuestarias que fueran necesarias para cumplimentar con lo dispuesto en el Artículo 1° del presente decreto y hacer efectivo los pagos”.

• Fundamentos
En los fundamentos se explica que, al establecerse el desdoblamiento de las elecciones provinciales respecto de las nacionales “las fuerzas políticas que participan de la contienda electoral en las distintas categorías y cargos que se eligen han solicitado aportes que le permitan afrontar los gastos que demande la impresión de boletas”.
Se precisa que se recibieron “notas de los apoderados de Partidos Vecinalistas Municipalistas de la Provincia de Entre Ríos, Partido Político Provincial Confederación Vecina lista Entre Ríos, Partido Político Vecinal Uruguay Se Puede, Partido Nueva Izquierda, Partido Socialista de la Provincia de Entre Ríos, Unión Cívica Radical Distrito Entre Ríos, Partido Municipal. Unión Vecinal Aldea Brasilera, Partido Ser, Acción Ciudadana por Tala, Frente Justicialista Creer Entre Ríos, Partido Municipal Políticas para la República, Partido Vecinalista Inclusión Vecinal San Benito, Alianza Cambiemos”.
Se indica además que el aporte “se hará extensivo a las demás fuerzas políticas habilitadas del Distrito e inscriptas a participar de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias que lo soliciten”.
En tanto, se afirma: “Es criterio de este Poder Ejecutivo que en la materialización de tales aportes prime la equidad en la distribución involucrando a las fuerzas políticas del distrito que hayan solicitado tales contribuciones”, y que el mismo “debe resultar objetivo y racional a los efectos de no caer en diferencias desproporcionadas o injustificadas respecto de un partido sobre el otro y ajustándose a las posibilidades presupuestarias de la Provincia”.
Por ello, para la distribución “se han tomado como criterios las categorías de cargo y los distritos en los cuales los distintos partidos políticos presentan sus candidatos, en número de boletas requeridas en las referidas elecciones”. Por lo tanto “recibirán un mayor aporte aquellas fuerzas políticas que presenten candidatos en todas las categorías de cargo que se disputan y en todo el circuito electoral de la Provincia, reduciéndose el mismo proporcionalmente, respecto de aquellas otras fuerzas vecinales o municipales o que solo disputan los comicios en alguno o algunos circuitos electorales; conforme lo solicitado por las distintas fuerzas políticas y de acuerdo al monto presupuestado, a valores de mercado informado por el Director de la Imprenta y Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos y hasta un padrón electoral”.
Las categorías a elegir en las PASO son: Gobernador y Vicegobernador; 17 Senadores Provinciales titulares y 17 suplentes; 34 diputados provinciales titulares y 34 suplentes; y vocales titulares y suplentes de las Juntas de Gobierno y Comunas. (APFDigital)



Fuente:  Paraná, 22 mar (APFDigital)









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